Política de austeridad republicana. Primera entrega.


“Ser presidente se parece mucho a administrar un cementerio: hay mucha gente debajo de nosotros y nadie nos hace ningún caso”. Bill Clinton

Como era de esperarse mucho se ha dicho, mucho se ha rectificado, mucho se ha negado y sobre más se ha escrito en estos días.

Hoy quiero compartir algunas reflexiones, casi como telegramas cuando sea posible, sobre los ya famosos “50 lineamientos generales para el combate a la corrupción y la aplicación de una política de austeridad republicana”, presentados por AMLO el pasado domingo 15 de julio. Lo haré de la siguiente manera: transcribiré en orden los 50 lineamientos y al terminar cada uno de ellos compartiré mi reflexión. No pretendo cubrir los 50 en esta entrada de mi Blog, no es penitencia…

“Se reformará el Artículo 108 de la Constitución para agregar que el Presidente de la República en funciones puede ser juzgado por delitos de violación a las libertades electorales y por delitos de corrupción”.

Buen deseo. ¿Y esta Reforma para cuándo? Con la velocidad con que legislan nuestras Cámaras, habrá que esperar. Con una propuesta de Ley podré opinar con más sentido. Sólo apuntar que esto requiere de aprobación en ambas Cámaras Federales y en por lo menos 17 Congresos locales. Para mañana no va a estar listo.

“Se suspenderán por completo fueros y privilegios para funcionarios públicos”.

Yo creo que debería de separarse el fuero y los privilegios. El primero se creó para que el Funcionario Electo pudiera tomar decisiones de Estado sin temor a represalias legales (entiendo que hoy ese no es el tema de fondo, pero imagínense la liquidación de Luz y Fuerza del Centro sin el fuero Presidencial). Los privilegios que desaparezcan, sólo deberían de identificarse muy claramente. ¿Y esta Reforma para cuándo? El tema del fuero es un tema Constitucional (Cámaras Federales y al menos 17 Congresos Locales), el tema de los privilegios en el ámbito federal sólo requiere de la firma del Presidente en funciones. En el Estatal requiere de la voluntad y aprobación de cada uno de los Gobernadores.  

“Se reformará la ley para considerar delitos graves el tráfico de influencia, la corrupción, la asociación entre funcionarios y particulares para cometer fraudes a la hacienda pública, el robo de combustibles y el fraude electoral en cualquiera de sus modalidades; las penas no permitirán al inculpado la obtención de la libertad bajo fianza”.

Aunque no es muy claro, parecería que ahora vamos a reformar, otra vez, el Código Nacional de Procedimientos Penales que se acaba de reformar y que todavía no acabamos de echar a andar. Se necesita de las Cámaras.

“La Fiscalía General contará, en los hechos, con absoluta autonomía; no recibirá consigna del Presidente de la República y sus prácticas se apegarán al principio del derecho liberal, según el cual, “al margen de la ley nada y por encima de la ley nadie”.

“En los hechos” significa “no escrito en ninguna Ley”. ¿Cómo se va a nombrar al Fiscal General? ¿Por cuánto tiempo? Se necesita de la Cámaras Federales.

La Fiscalía Electoral estará encargada de garantizar que las elecciones sean limpias y libres; a evitar la compra del voto, la coacción, la amenaza, el uso del presupuesto público y de bienes para favorecer a partidos o candidatos y castigar cualquier tipo de fraude electoral. Su distintivo será la imparcialidad y su misión la de establecer en México una auténtica democracia.

De inicio significa la creación de una nueva entidad de Gobierno, que, aunque tenga su origen en la Subprocuraduría existente impactará el Presupuesto Público. ¿Cómo será nombrado el Fiscal? ¿Por cuánto tiempo? ¿Sus Coordinadores Regionales (Vicegobernadores) ya se enteraron? Necesita de las Cámaras Federales.

Continuamos después.


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